NUEVAS DISPOSICIONES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA



Uso de barbijos o tapabocas
De acuerdo al Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional que dispone la prórroga del aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el día 26 de Abril del corriente año y que mediante Ley Provincial Nº 10.690 la Provincia de Córdoba declaró la Emergencia Pública Sanitaria; el Gobierno de Alta Gracia ha tomado una serie de medidas de tipo preventivo en el marco de la emergencia sanitaria a fin de mitigar el impacto sanitario del Coronavirus COVID-19, por lo que:
Dispone el uso obligatorio de barbijo, mascarilla, tapaboca, protector facial y/o similar a toda persona que se desempeñe en atención al público.
Recomienda a todos los vecinos que deban salir a la vía pública a realizar compras y/o trámites esenciales en el ejido de la ciudad de Alta Gracia, el uso de barbijo, mascarilla, tapaboca, protector facial y/o similar.
Esto se debe a que la OMS ha informado sobre la existencia de casos asintomáticos y que dichas personas podrían constituir una potencial fuente de contagio. Con el uso de tapaboca o similares se puede disminuir la circulación del virus y reducir la cantidad de contagios.
Cobro de servicios, tasas e impuestos
En consonancia con la Resolución N°6958/2020 del Banco Central de la República Argentina y con lo establecido por el Centro de Operaciones de Emergencias (COE) Central de la Provincia de Córdoba, la Municipalidad de Alta Gracia establece:
Que las entidades financieras deberán abrir sus casas operativas para la atención al público en general –excepto para la atención por ventanilla– a partir de la fecha y hasta nueva disposición.
Los cobros se realizarán conforme al siguiente cronograma y de acuerdo a la terminación del documento de identidad o dígito verificador del CUIT:
Lunes 0 y 1 // Martes 2 y 3 // Miércoles 4 y 5 // Jueves 6 y 7 // Viernes 8 y 9.
Las personas a ser atendidas deberán haber previamente solicitado un turno a través de las páginas de Internet de las entidades, o por otro medio electrónico que éstas pongan a disposición (ej. correo electrónico y/o teléfono), y las entidades deberán entregarles por vía electrónica un comprobante del turno acordado, indicando día de la cita, identificación (nombre completo y número de identificación) de la persona y ubicación de la casa operativa a la que deberá dirigirse, el que servirá de permiso de circulación entre su domicilio y esa casa operativa. Estos clientes sólo podrán presentarse –en el día y casa operativa indicados– munidos de la constancia de turno emitida por la entidad financiera.
Que la Municipal dispondrá de líneas de atención al cliente en la Sala Belisario Roldán (Ex Bingo Municipal) ubicado en calle España 135, de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 con la finalidad de realizar el cobro de los impuestos y tasas municipales.
Todas estas actividades deberán llevarse a cabo garantizando las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud de los trabajadores, como así también de todos los contribuyentes. Esto incluye elementos de protección personal, distancia entre las personas, elementos de higiene, ventilación, desinfección, entre otras.

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