Tucumán - Prohíben circular a 2 personas en una Moto

Ley 9257 denominada LEY DE SEGURIDAD PÚBLICA CON PARTICIPACIÓN DE FUERZAS FEDERALES PARA LA PREVENCIÓN DE MOTOARREBATOS





citamos textual

"Art. 4°.- Prohíbese en todo el territorio provincial la circulación de motovehículos que transporten a dos (2) personas adultas."



Tambièn establece la incorporación de sistemas de GPS

Art. 14.- "..Los propietarios de motovehículos usados que se encuentren aptos para la circulación deberán proceder a instalar los dispositivos mencionados en el párrafo precedente en los plazos y bajo las modalidades que establecerá la reglamentación.
Las personas que utilicen su motovehículo para servicio de "delivery" podrán incorporarse voluntariamente al sistema incorporando un dispositivo de rastreo con independencia del modelo de su unidad.
Este artículo tendrá vigencia a partir de la fecha que establezca la reglamentación correspondiente...."

Las sanciones:

Secuestro de vehículos, retiro de licencias de conducir y Multas.

Dato Curioso en el Art.5
"...En caso de extrema necesidad, fuerza mayor o caso fortuito, la acreditación se hará frente al control sumariamente y de manera verbal; el encargado del control decidirá sin más trámite dejando constancia sobre esa situación en un libro de actas habilitado a esos fines..."

Dejamos la ley para consultar
Ley 9257


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