Todos los departamentos de la provincia de Córdoba quedan
comprendidos dentro de esta nueva fase.
Sin embargo, dentro de los limites de circulación que prevé el
decreto, “queda prohibida la circulación de las personas por fuera del límite
del departamento o partido donde residan”, salvo que posean el “Certificado
Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” que los habilite a
tal efecto y siempre que se dé cumplimiento a las normas reglamentarias
respectivas.
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