A partir del 1 de abril, los
tráileres y casas rodantes categoría O1 podrán circular únicamente con una
placa de identificación metálica otorgada por la Dirección Nacional de los
Registros de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA), una vez
certificado y corroborado que son seguros para la circulación por la vía
pública. Aquellos propietarios que trasladen este tipo de vehículos sin cumplir
con este requisito, podrán recibir las sanciones previstas en la Ley Nacional
de Tránsito. De esta manera, ya no estará permitido circular con la placa
denominada como “patente 101”.
La normativa vigente,
contemplada en la resolución 323/2019 de la DNRPA, comprende a acoplados,
remolques, tráileres y casas rodantes de hasta 750 kilos, destinados al
traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de
recreación familiar remolcados por automotores particulares. Para realizar el
trámite de patentamiento, la DNRPA requerirá a los propietarios un Certificado
de Seguridad Vehicular (CSV), emitido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial
(ANSV).
¿Qué es el Certificado de Seguridad Vehicular?
El Certificado de Seguridad
Vehicular (CSV) que emite la ANSV -organismo del Ministerio de Transporte- es
un requisito obligatorio previo al trámite de patentamiento y se otorga luego
de aprobarse un informe técnico, que puede ser elaborado por los talleres de
Revisión Técnica Obligatoria (RTO) de las jurisdicciones locales registrados en
la ANSV, y/o a través de un ingeniero matriculado con incumbencias en la
materia.
El informe determina las
características técnicas que deben reunir este tipo de vehículos para
garantizar las condiciones de seguridad necesarias para una conducción segura
dentro del territorio nacional. Una vez aprobado el informe técnico y emitido
el Certificado de Seguridad Vehicular por parte de la ANSV, los propietarios de
los vehículos categoría O1 podrán continuar el trámite ante la DNRPA para su
inscripción y patentamiento.
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